Dentro de las religiones existen normas que son creadas para acercarnos más a las ideas de una vida perfecta según los mandatos de Dios. En este caso el Celibato es una de estar normas, con ella se busca un compromiso de unión única con Dios y en este artículo profundizaremos sobre ello.

Celibato

¿Qué es el Celibato?

Podemos definir al Celibato como el estado del soltero​ o más específicamente de “Célibe”. Con el pasar del tiempo este término adquirió un sentido más hacia el compromiso o bien como un estilo de vida. La opción del celibato puede ser por motivos religiosos la cual es usual ver en sacerdotes y monjas católicos, también es común en los monjes budistas y en otras religiones. Por otro lado, el celibato no sólo esta unido a la religión, también lo podemos encontrar en la filosofía cuando  Platón proponía el estado celibatal social.

Lo usual es que el Celibato sea una opción voluntaria pero llegó a ser impuesta sobre todo en los esclavos. En Occidente, el concepto de celibato ha estado muy asociado a la Iglesia católica. Por su parte, en Oriente se asocia con la iglesia ortodoxa, el budismo y el hinduismo.

Historia

Para conocer un poco más sobre el Celibato, es necesario profundizar en la historia detrás de ello. Por esta razón abordaremos en este artículo la historia del celibato desde su surgimiento hasta cuando fue instaurado en la iglesia católica y su concepción en la actualidad.

Surgimiento

En un principio, los primeros sacerdotes católicos no necesitaban tomar el celibato. Pero alrededor de los siglos III y IV, existían movimientos dentro de la religión católica que proponían que los sacerdotes practicaran el celibato. Por su parte, la Iglesia Católica tuvo muchas indecisiones en torno a esta propuesta, inclusive en diferentes países las prácticas en torno al celibato eran muy diversas.

No sería sino hasta el siglo XI con la llegada de los Papas León IX y Gregorio VII donde la iglesia consideraría seriamente la imposición del Celibato debido a la degradación moral que sufría el clero para ese entonces. La imposición del Celibato se llevaría a cabo durante los Concilios de Letrán. El primero se llevo a cabo en el año 1123 mientras que el segundo sería en el año 1139. A partir de los concilios, quedaría decretado que los sacerdotes no podrían casarse o bien relacionarse con concubinas.

Comienzos en el cristianismo

El único estado de vida que se conocía en la historia de la humanidad era el matrimonio pero todo esto cambio cuando llegó Jesucristo a la tierra.  Mientras tanto, los rabinos enseñaban que el hombre era considerado como “Medio Hombre” si no se casaba a los 20 años. A pesar de esta concepción, ya en el Antiguo Testamento se podrían ver hombres como Elías y Jeremías quienes prefirieron ser célibes.

Es importante mencionar que durante los tiempos de Jesús,  los rabinos hablaban de la posibilidad de poder casarse con la «Torah». Esto se podría traducir en que se le podía dedicar toda la vida al estudio de la Palabra Sagrada, concepción muy similar a la que tiene la iglesia católica.

El apóstol San Pablo fue uno de los que siguió el celibato siguiendo la concepción del estudio de la palabra. Él lo hizo tanto antes como después de su conversión al catolicismo. Este apóstol consideraba que Jesús era la Palabra y por ende era digno dedicar toda la vida al estudio de la palabra.

Celibato

Luego de tomar la decisión del celibato, el apóstol San Pablo recomendaría a aquellos que se dedicaban a servir a Dios que tomaran el camino del Celibato. Es importante destacar que San Pablo no obligaba a aquellos que lo escuchaban a practicar el celibato sino más bien lo aconsejaba y daba la libertad de que escogieran el matrimonio pero lo primordial era seguir la vocación dada por Dios.

Por causa de la mentalidad de la época, era bastante difícil encontrar entre los paganos y judíos algunos candidatos que tuviesen vocación para el sacerdocio y que además no estuvieran casados. Esta situación cambió considerablemente cuando se establece de forma general el Cristianismo puesto que en esta creencia religiosa tanto la virginidad como el celibato eran honrados en la vida adulta. Este hecho propició que se encontraran varios candidatos célibes.

Merece la pena destacar que el Celibato no siempre fue un mandato impuesto por la Iglesia Católica en todo el mundo pero si era muy recomendado para lograr ingresar al sacerdocio o bien para estudiar la palabra de Dios. Dentro de estos contrastes podemos encontrar que aquellos sacerdotes Católicos que pertenecen al Rito Latino han tenido que ser célibes desde hace 1.000 años, mientras que las Iglesias Católicas Orientales y las que  no están en unión con Roma no exigen el celibato.

Existe una excepción a esto y es que todos los Obispos tanto los Católicos como los que no están unidos a Roma deben ser célibes para ostentar a este cargo.  Esta exigencia se debe a que ellos representan a Jesús tanto en la Diócesis como a sus fieles por lo que su única pareja debe ser la iglesia, de igual forma que lo hizo Jesús por su paso en la tierra.

Celibato

El celibato en la actualidad

Durante el siglo XX, el tema del celibato resurgió con gran fuerza durante el mandato del Papa Pío XII quien defendería esta práctica en la encíclica Sacra Virginitas. Por otro lado, durante el segundo Concilio Vaticano llevado a cabo en el año 1965, el Papa Pablo VI también abordaría el asunto en un documento titulado “De Sacerdotio Ministeriali”.

En una carta abierta escrita por el Papa Juan Pablo II en el año 1979 abordaba ampliamente el Celibato. De esta carta podemos destacar que Juan Pablo II afirmaba que el celibato sacerdotal en la Iglesia católica es sólo imposición por ley a aquellos que practicaban el sacramento de la Orden Sacerdotal pero en realidad todos los sacerdotes se comprometían con plena conciencia y libertad a la vida célibe.

Por otro lado, Juan Pablo II concebía el Celibato como un “Don” que concedía Jesús a los sacerdotes tanto por el bien de su iglesia como por el servicio de sus fieles. El sucesor de Juan Pablo II, Benedicto XVI también abordaría el tema del Celibato asegurando que la misión de estudiar la Palabra de Dios requería de una dedicación pura y total hacia los seres humanos y que con el celibato los sacerdotes y las religiosas se comprometen al servicio del Reino de Dios.

El celibato en las religiones

Ahora bien, el Celibato no es sólo una práctica exclusiva del catolicismo, existirían otras religiones que también pondrían en práctica el celibato como una ordenanza de su religión. A continuación abordaremos como es el Celibato en diversas religiones.

Iglesia católica

El celibato sacerdotal obligatorio dentro de la iglesia católica fue establecido en el Concilio de Trento el cual se llevó a cabo en el siglo XVI. Esta normativa se justifica con la necesidad de que el sacerdote lleve una vida exclusiva junto a Dios. Existen detractores de esta práctica dentro de la iglesia católica que aseguran que esta normativa ha propiciado una gran cantidad de abusos sexuales entre miembros de la misma iglesia.

El Celibato es muchas veces comparado con la castidad, este último se define como la moderación voluntaria de los placeres y actos sexuales. En el caso de los solteros, la castidad se refiere entonces a la abstinencia mientras que aquellos que son casados bajo la iglesia católica, la castidad implica fidelidad.

Iglesia ortodoxa

Por su parte, las iglesias ortodoxas bizantinas​ exigen la abstención completa de relaciones sexuales a los obispos, presbíteros y diáconos. Sin embargo esto no aplica para aquellos presbíteros y diáconos que están casados, esto según lo acordado en los concilios de Elvira en el año 306 y de Cartago en el año 390.

A los bispos, presbíteros y diáconos se les excluye el derecho al matrimonio luego de que se hayan ordenado. En caso de que uno de ellos ya estaba casado para el momento de su ordenanza y su esposa fallezca, no pueden contraer matrimonio de nuevo.

Celibato

Concilio Quinisexto

Ahora bien, en el Concilio Quinisexto llevado a cabo en el año 692 se realizaron algunas modificaciones a estas normas. Una de estas modificaciones es que no puede llegar a ser ni obispo ni presbítero ni diácono e incluso no puede ser incluido en ninguna orden sacerdotal aquel que después del bautismo se haya casado por segunda vez, haya vivido en concubinato o haya contraído nupcias con una viuda, divorciada, prostituta, esclava o una actriz.

Existe el caso de que un presbítero haya contraído un matrimonio ilícito sin este saberlo, en esta situación el matrimonio debe ser disuelto y además el sacerdote no debe mantener una relación con la que fuese su esposa. Es importante destacar que puede aun tomar asiento entre los presbíteros pero con la condición de abstenerse de todo ministerio sacerdotal.

Por su parte, es ilícito para los diáconos y presbíteros contraer matrimonio después de haberse ordenado. En caso de que quieran casarse, deben hacerlo antes de ordenarse. Si uno de ellos decide casarse después de ordenarse debe ser destituido de su cargo.

Está prohibido que los obispos convivan con sus esposas, por su parte la mujer de quien será  promovido al episcopado debe separarse de quien será promovido siempre y cuando haya un  consentimiento mutuo. Después de que se haya ordenado, él debe internarse en un monasterio lejos de su lugar de residencia.​

De esta forma, se podría decir que el Concilio Quinisexto no impondría propiamente un celibato a los obispos en un sentido estricto de soltería, pero sí les impondría la continencia completa. Esto propicio que en los siglos siguientes en las iglesias ortodoxas bizantinas los presbíteros antes de ordenarse debieran casarse o bien hacerse monjes, esto le facilitó a las iglesias escoger obispos que se hayan ordenado como monjes.

Así de esta manera, si se considera que alguien es digno de ser ordenado como un diácono o bien como presbítero, no se le impide acrecentar su dignidad al tener una legítima esposa, tampoco se le exigiría una promesa de celibato para el momento de su ordenación puesto que esta situación atentaría e insultaría el matrimonio que en su momento fue instituido por Dios y bendecido por su presencia.

De esta manera, el Concilio Quinisexto permitiría a los sacerdotes practicar la continencia total bajo el consentimiento de sus esposas y además con la condición de  no convivir de ninguna forma con ellas. Con esta norma se buscaba demostrar el cumplimiento de su voto de fidelidad.​ ​ En las iglesias ortodoxas bizantinas, la figura del matrimonio llegó a ser ​esencial en la vida de un sacerdote que no haya sido ordenado monje. El impacto del matrimonio fue tal que en caso de muerte de la esposa,  el sacerdote viudo debía renunciar a su servicio eclesial.

 El budismo

Los monjes y monjas budistas tienen como uno de sus primeros votos el del celibato. Ahora bien, para comprender esta práctica debemos remontarnos al testimonio de “Siddhartha Gautama” conocido popularmente como Buda, quien en su búsqueda de la Iluminación renunciaría a los placeres mundanos de la carne.

En la actualidad los monjes budistas buscan eliminar el sufrimiento por medio del desapego de aquellas cuestiones que están relacionados a lo terrena. En este caso, el placer carnal entra en lo que es considerado como terrenal, por tal motivo los monjes y las monjas budistas renuncian a las relaciones sexuales.

El hinduismo

Los llamados yoguis hinduistas practican el celibato, para ellos el semen tiene una gran cantidad de energía la cual no debe ser desperdiciada. Ahora bien, con la finalidad de no perder esta energía decidían no practicar el sexo.  Por otro lado, estos yoguis hinduistas estaban conectados a la idea del sexo tántrico, esta era una práctica que consistía en practicar el sexo sin llegar al orgasmo.

Excepciones de Celibato

La Iglesia latina admite dos tipos de excepciones a sus normas que contemplaban el celibato, estos son los clérigos casados y la ordenación de aquellos que contrajeron matrimonio previo a su ordenanza. El Concilio Vaticano II decretó que se podían ordenar como diáconos bajo el consentimiento del Pontificado de Roma aquellos hombres de edad madura sin importar que estén casados. También se podrían ordenar como diáconos aquellos jóvenes que son idóneos pero deben mantenerse firme dentro de la ley del celibato.

Por su parte, el Papa Pablo VI con el motu proprio Sacrum diaconatus promulgado el 18 de junio del año 1967 realizó una breve modificación a la ley que contemplaba a hombres de edad madura ordenados como diáconos. Esta modificación contemplaba el consentimiento de la esposa y además la presencia de cualidades naturales en ella las cuales no fuesen impedimento ni deshonra para el ministerio de su marido.

Ahora bien, el diácono que este permanente casado está exento de la obligación del canon 1037 del Código de Derecho Canónigo que en pocas palabras estipula la obligación del celibato luego de haber levantado su compromiso en una ceremonia prescrita o bien que hayan emitido votos perpetuos en una institución religiosa.

Otra excepción al celibato se da dentro de la iglesia católica puesto que aquellos hombres ya casados que deseen convertirse al catolicismo y además deseen ordenarse dentro de la iglesia católica no deben cumplir con el ordenamiento del celibato.

La Iglesia católica reconoce la validez de sus órdenes en aquellas instituciones religiosas en las que haya estado y lo acepta como clérigos. Ahora bien, al convertirse en católicos, los clérigos casados de estas iglesias diferentes a la católica pertenecen casados en la Iglesia latina. En caso de que deseen ser clérigos católicos, su ordenación dependerá de la disciplina latina la cual usualmente reserva la ordenación para aquellos que son célibes.

A pesar de esto, a partir del año 1951 durante el mandato del Papa Pío XII se permitieron algunos casos excepcionales a ciertos hombres casados quienes eran antiguos pastores luteranos, calvinistas y anglicanos. A estos se les permitió ser ordenados sacerdotes dentro de la Iglesia latina y además continuar con una vida matrimonial normal. ​

Las admisiones de exprotestantes a la ordenación presbiteral alcanzaban un total de 12 para el año 2004. Ahora bien, estas admisiones aumentarían considerablemente luego de la publicación de la constitución apostólica “Anglicanorum coetibus” del 4 de noviembre del año 2009. Con esta constitución el papa Benedicto XVI establecería una estructura conocida como “ordinariato personal” la cual estaba destinada a la recepción en la Iglesia católica de los fieles e instituciones anglicanas.

Es importante destacar que el artículo VI de este constitución establece algunas excepciones al canon 277 del Código de Derecho Canónico, esta excepción gira  en torno a que  pueden ser admitidos como diáconos y presbíteros aquellos hombres casados que hayan ejercido en ministerios anglicanos, esto con la condición de que respondan a los requisitos que fueron establecidos por el derecho canónico.

En este artículo pudimos conocer sobre el Celibato, esta es una decisión personal que contempla la abstención de relaciones sexuales. Muchas instituciones religiosas lo han impuesto como una normativa pero en esencia es un voto personal de aquellos que deciden dedicarle su vida al estudio de las leyes religiosas. Actualmente muchas de estas instituciones han promulgado excepciones entorno al celibato pero no deja de ser un requisito importante para aspirar a altos cargos. También te pueden interesar los siguientes artículos: